GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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CAPÍ[TV]LO PRI[ME]RO DE LOS MEZES I AÑOS: TRATEMOS Agora con el año deste rreyno y de los meses, como deferencia con el de Castilla que Dios tiene criado porque en Castilla, que tiene sey[s] meses de uerano y seys meses de enbierno, que los seys meses de hambre, gran falta de fruta y de comida y frío y calor.

Y ancí lo qual en este rreyno tiene Dios criado la rriquiesa de oro y plata y del año que no tiene enbierno ni berano en todo el año y no falta fruta, pan y uino, carne porque ci se cienbra y se trauaja no falta, aunque los seys meses [l]lueue y los seys se seca la agua del cielo. Es tierra que jamás falta pan, carne, uino y plata del mundo para los pobres y seruicio de Dios y de su Magestad.

Y ací digo que an de tener esta dicha horden los dichos padres de las dotrinas y corregidores porque con sus tratos los susodichos les estorua a los pobres, lo qual no lo saue su Magestad, y los estorua los dichos padres.

De ello se ausentan y se salen los dichos yndios de sus pueblos porque no tienen qué comer y no se le da nada al dicho padre ni corregidor de ello porque dize claramente que no le a de faltar el salario y la comida, aunque sea con su plata o cin ella, y que mañana ese otro día se yrá y lleuará la bolza llena de rreales. Y ací pena y le quita su hazienda a los yndios y a las yndias y les asota con color de la dotrina y de misa y manda que no falte uno ni ninguno los días de miércoles y uiernes, domingo, fiestas grandes y pasquas del año.

Diré aserca desto tanbién. Tiene criado Dios la gran fuerza del rrío y enfermedades y páxaros, animales. Y quiere Dios que le ciruamos a su Magestad el rrey porque defiende a nuestra santa fe católica de la santa madre yglecia rromana adonde creemos. Con la comida se cirue a Dios y a su Magestad. Y adoramos a Dios con ella. Cin la comida no ay hombre ni fuerza. Y ancí tanbién y mejor come el padre, corregidor un chocllo [mazorca] y papa y frutas totas las obligaciones y guardar ganados, oxear.

Se le a de uer y conzederar de los pobres yndios deste rreyno, mirando estos dichos meses todos los que coméys a costa de los pobres yndios deste rreyno del Pirú. Los que estubieren en sus casas oygan misa ci pudiere todos los días del año y no le aprimeares tanto con color de la dotrina. Ni le quitéys sus haziendas ni le afrentéys, castigándole. Quando llegáys un pueblo, le alborotáys y lo detenéys los yndios. Y ancí se pierde sus sementeras y lo detenéys sus hijos.

El rrey a de gustar que sus ciudades y uillas, aldeas y prouincia y pueblo sean rricos. Y ancí será el rrico neci[o] de bosotros. Auías de proqu[r]ar que buestra dotrina tubiesen baxillas de oro, plata porque muriendo, os dexase para misas como rrico que no como pobre.

Y ací dexaldo trauajar y enrrequiser para seruir a Dios y a su Magestad y a los padres, corregidores.

/ chuqllu /