GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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Ampliación

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CONZEDERACIÓN

Aquí aués de conzederar a que esta muchidumbre de penas que nos senefica la Escriptura Deuina quando dize que en el enfierno abrá hanbre y sed y llanto y gruger de dientes y cuchillo dos ueses agudos, espíritus criados para uengansa y serpientes y guzanos y escorpiones y martillos y axencios y agua de hiel y espíritu de tenpestad y otras cosas semejantes por las quales se nos figura la muchidumbre y terriblesa espantosa de los tormentos de aquella lugar. Allí tanbién abrá aquellas tinieblas enteriores y exteriores para qüerpos y ánimas que se puede palpar con las manos. Allí abrá frío y fuego que no se apagará, cienpre castigarán a los qüerpos y ánimas. A todo esto se añade la de aquel perpetuo gastador que es el guzano de la consencia de quien tantas ueses haze mención la Escritura, deziendo el guzano. De ellos nunca se acauará y no murirá y el fuego de ellos nunca se apagará. Este guzano es un despecho rrauioso y un arrepentimiento enfrutuoso que los malos que allí tendrán cienpre1 que no se acauará hasta que Dios sea Dios y secula cin fin. Conzedera este castigo.

Conzedera que cómo lleua tanta pasencia los yndios y las yndias en esta uida de tantos males de españoles, padre, corregidor y mestizos y mulatos, negros, yanaconas y chinaconas que les sacan la uida y las entrañas de los yndios. Conzedera.

Conzedera de los uezinos encomendados de yndios que de puro mízero enbía un quarto de queso a un cacique prencipal con una carta. Lo enbía nueue leguas a un yndio cin pagalle y manda que le uengan a uecitalle y le uea los caciques prencipales, acimismo los dichos corregidores y jueses y los saserdotes de las dotrinas y uecitadores de la santa madre yglecia. Conzedera el corasón déstos, lo que piensa. No quiere uer a ellos cino que los lleuen de presente de plata, oro y rropa y fruta, otras cosas y desea uelle para pedir hazienda, yndios para trageneadores

/ yanakuna / chinakuna /

1 “Aquí aués de conzederar... tendrán siempre”: esta descripción de las penas del infierno se toma directamente de fray Luis de Granada, Memorial de la vida cristiana, tratado I, capítulo 1, 1945: pp. 206-207.