GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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                36. The chapter of the author’s journey to Lima (1104-1139)

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[←] I SV REAL AVDIENCIA, [→]

podía y los ladinos cantores quedauan en el pueblo. Y a los que no sauían, los echauan de sus pueblos y casas y tierras. Y se arrimauan estos dichos a los flayres dotrinantes y acimismo las dichas yndias que traýan faldilines.

Y ancí estaua medio despoblado, todos los quales se hacían el más pleytista las dichas yndias, por las causas que son queridas de los dichos padres y curas dotrinantes y de los dichos españoles y mestisos y mulatos. Y ací les da fuerza y ala y ací las dichas yndias rrebuelbe la tierra y sauen leuantar testimonio a sus maridos, fornicándose con españoles. Como le leuantó a don Diego Chuqui Llanqui, cacique de Cochangara, deciéndole a su marido que forzaua a su hija y fornicaua a sus ermanas, hechisero. Y decíale otras cosas malas sólo a fin de querelle ponelle en la horca y quedar hecha uellaca puta. Acimismo le contó al dicho autor un yndio cantor llamado Sancho. Dijo que le auía aporreado a su muger y la dicha muger dio gritos y boses, deciendo: “Sean testigos queste mi marido a forzado y caualgado a mi hija.”

Ues aquí, cristianos, adonde le ueréys a los dichos yndios, yndias cargado de rrosarios y rreciuir el sacramento y cienpre borracho y todo el día en la yglecia y cofrade ueyntiquatro, guárdenos Dios. De todo ello tiene la culpa su señoría y los padres de la dotrina que le da el sacramento cin conoselle no más de que se hase santa uanagloria; más uicio tiene de maldad que de bondad y de buena. Y ací no se le dé sacramento ni que entre a la cofradía, cino que primero sea rrepentida y que no proeue chicha ni uino en su uida y uenga contrito de ánima y de corasón y no sea pleytista ni leuante testimonio a nadie. Y ací los dichos testigos que fuere falsos yndios, yndias sean castigadas y no ualga por testigo ni se le dé ningún oficio de justicia. Y demás de lo dicho