1130 [1140]
CAPÍ[TV]LO PRI[ME]RO DE LOS MEZES I AÑOS: TRATEMOS Agora con el año deste rreyno y de los meses, como deferencia con
el de Castilla que Dios tiene criado porque en Castilla, que tiene sey[s] meses
de uerano y seys meses de enbierno, que los seys meses de hambre, gran
falta de fruta y de comida y frío y calor.
Y ancí lo qual en este rreyno tiene Dios criado la rriquiesa de oro y plata
y del año que no tiene enbierno ni berano en todo el año y no falta fruta,
pan y uino, carne porque ci se cienbra y se trauaja no falta, aunque los seys
meses [l]lueue y los seys se seca la agua del cielo. Es tierra que jamás falta
pan, carne, uino y plata del mundo para los pobres y seruicio de Dios y de
su Magestad.
Y ací digo que an de tener esta dicha horden los dichos padres de las dotrinas y corregidores porque con sus tratos los susodichos les estorua a los
pobres, lo qual no lo saue su Magestad, y los estorua los dichos padres.
De ello se ausentan y se salen los dichos yndios de sus pueblos porque no
tienen qué comer y no se le da nada al dicho padre ni corregidor de ello
porque dize claramente que no le a de faltar el salario y la comida, aunque
sea con su plata o cin ella, y que mañana ese otro día se yrá y lleuará la bolza
llena de rreales. Y ací pena y le quita su hazienda a los yndios y a las yndias
y les asota con color de la dotrina y de misa y manda que no falte uno ni
ninguno los días de miércoles y uiernes, domingo, fiestas grandes y pasquas
del año.
Diré aserca desto tanbién. Tiene criado Dios la gran fuerza del rrío y enfermedades y páxaros, animales. Y quiere Dios que le ciruamos a su Magestad el rrey porque defiende a nuestra santa fe católica de la santa madre yglecia rromana adonde creemos. Con la comida se cirue a Dios y a su Magestad.
Y adoramos a Dios con ella. Cin la comida no ay hombre ni fuerza. Y ancí
tanbién y mejor come el padre, corregidor un chocllo [mazorca] y papa y
frutas totas las obligaciones y guardar ganados, oxear.
Se le a de uer y conzederar de los pobres yndios deste rreyno, mirando
estos dichos meses todos los que coméys a costa de los pobres yndios deste
rreyno del Pirú. Los que estubieren en sus casas oygan misa ci pudiere todos
los días del año y no le aprimeares tanto con color de la dotrina. Ni le quitéys sus haziendas ni le afrentéys, castigándole. Quando llegáys un pueblo, le
alborotáys y lo detenéys los yndios. Y ancí se pierde sus sementeras y lo detenéys sus hijos.
El rrey a de gustar que sus ciudades y uillas, aldeas y prouincia y pueblo
sean rricos. Y ancí será el rrico neci[o] de bosotros. Auías de proqu[r]ar que
buestra dotrina tubiesen baxillas de oro, plata porque muriendo, os dexase
para misas como rrico que no como pobre.
Y ací dexaldo trauajar y enrrequiser para seruir a Dios y a su Magestad
y a los padres, corregidores.
/ chuqllu /