314 [316]
CASTIGO DEL INGA
traýan sus bestidos, le castigaua cien asotes con una uaraca [honda], y toda
la suciadad del cuerpo y de la cara y cauesa, pies y manos, esta cucidad les
daua a ueuer a él mismo o a ella por castigo. Y ci no lo linpiaua ni estiercolaua su chacra [sementera] toda la yerua amarga o no amarga hazía moler y
rrebuelta con orines. Porque no le hiciera daño le dauan a ueuer dos queros [vaso de madera] o mates grandes en póblico plasa por su peresa y culpa.
Estos castigos estaua executado en los sucios y peresosos.
Castigo de traydores contra la coro[na] del Ynga y de los señores grandes
y contra el sol y lo que manda en la ley del Ynga:
Le fueron castigados que de la cauesa hazían mate de ueuer chicha, de los
dientes y muelas hazían gargantilla, de los güesos flauta, de los pellexos tanbor.
Le llamauan runa tinya [el tanbor de piel humana], que es “Aucap umanuan
upyason, quironta ualcarisun, tullunuan pincullusun, caranpi tinyacusun, taquecusun.” [“Beberemos con la calavera del enemigo, nos pondremos por collares sus dientes, tocaremos la flauta con sus huesos, el tambor con su pellejo
y así bailaremos.]
Castigo de jugadores: Es que les manda asotar en los brasos y en las manos cinqüenta asotes con la guaraca, que en el tienpo del Ynga nadie no jugaua
ni prencipal ni yndio pobre, cino a de jugar por mandado del Ynga. Todo el
rreyno an de trauajar; ya que no tenía que hazer hacía soga y trayýa leña o
paxa para su casa o texía cunpana [tejido] o hazía soga y hacía ojotas [sandalias] o sobaua pellexo. En esto se ocupauan los yndios.
Castigo del que fue desubedente y mal criado que no obedese a su padre
y madre y a los hombres mayores y justicias y a las mugeres biejas y a todo
lo mandado:
Fue sentenciado a los niños y niñas y muchachos rinrita tipci [horadar las
orejas] que los uiejos que tenían muy grandes uñas traspasaua las orexas de
uanda a uanda que les hacía saltar los ojos afuera y las lágrimas y da critos
el niño. Y a los mayores le dan cincuenta asotes con rricuc uaraca [honda]
de los biejos y se executa esto.
Castigo de matadores de qualquier suerte que mató al yndio o a la yndia:
Allí le castigan y le matan con piedras al que le hirió o que le sacó los ojos
o dientes o le quebró un braso o piernas. Manda que pague la misma pena del
herido y no pase a más. Ésta es la sentencia [e]xecutada en estos delitos,
/ warak'a / chakra / qiru / mathi / runa tinya / Awqap umanwan upyasun, kirunta walqarisun, tullunta pinkullusun, qaranpi tinyakusun, takikusun. / qumpana / ujut'a / rinrita
tipsiy / rikuq warak'a /