GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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History of the lieutenants, judges, and notaries (520-529)

520 [524]

JVES

Juezes de comiciones que lo enbía de las ciudades y de las minas o de Los Reys de Lima a las dichas auiriguaciones y pleytos.

Que bienen a las dichas prouincias con color de que falta un yndio o dos yndios de las dichas minas o plazas en este rreyno, abiendo de enbiarse a la costa de los dichos mineros y de bezinos. Bienen estos dichos juezes de comez[i]ones hurtando y rrobando en las estancias y llama miches [pastor] de los ganados. Le quita quanto puede, ací de plata como ganados y charque [carne hecha conserva] a, lana, soga, costales, chuci [frazada], apa [frazada], maýs. Y algunos le fuerza a sus mugeres y hijas y le haze cargar cin pagalle. Y ci se defiende le mata de palos.

De tantos agrauios y daños que haze los españoles, defiendéndose el dicho yndio, le mató al dicho español. Dello le ahorcaron a dies yndios Yauyos del pueblo de Ocobanba, junto a Córdoua. Como a uisto este castigo cin culpa lícito cómo se ayudan entre español rrobadores de los pobres yndios deste rreyno, se dejan a quitarse sus hijas y hijos de lo qual tienen en las ciudades.

Y ancí no multiplica ni multiplicará, antes se acauarán los yndios deste rreyno.

Y en las prouincias quita quanto puede cin temor de Dios ni de la justicia como no tiene rrecidencia. Y el dicho corregidor se huelga y calla y decimula en este rreyno.

/ llama michiq / ch'arki / chusi / apa /

a helada y deshidratada