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JVSTICIA IN[DI]OS
Pregoneros, alcayde y uerdugos deste rreyno:
Se le an de pagar los culpados un marauidí y no pase más todos los cristianos en este rreyno. Y los susodichos lo busquen las dichas chacaras [sementera] de yllapa [el culto del rayo], ualdías rrealengas que sienbre en un
topo de uerduras, coles, lechugas y sebollas, ajos, culantro, pergil, mostasa,
yerbabuena, nabos, hauas, aruenjas, rráuanos, ynojo rrosa, claueles, borrajas,
azelgas, hataco [huevos de pescado], lliccha [hojas tiernas de kinuwa] y otras
comidas y rrecaudos y algunas frutas o frutillas de Chile, durasnos, mansanas, sapallos, todas las frutas del tenple que lo sepa.
Y de ello uenderán a los dichos españoles y a los yndios y al padre y al
corregidor y al encomendero. Solamente sea obligado de la dicha güerta para
las fiestas de la dicha yglecia y para comer en la dicha plasa el común yndio
de los pobres y del cacique prencipal y para la chacara de las comunidades
y sapci y y [sic] de la yglecia y de cofrades y para los caciques principales y alcaldes y mandones de título, cada y quando se la pida, ací para sus chacaras
cin costa alguna a los administradores deste rreyno a los tanbos [mesón]
rreales. A los españoles se le den por paga y se las pague en sus manos a los
dichos biejos oficiales.
Daquí les pague de su salario el dicho administrador en cada año y la sobra
lo ponga en el depócito el dicho administrador con qüenta y rrazón. Y ancí
no hurtará; con ello se sustentarán los dichos oficiales pobres en este rreyno.
Y ancí en las ciudades y uillas, aldeas tengan otro tanto o lo conpren las
ciudades o lo arrienden porque no desuelle a los pobres que entran a
las cárzeles.
Y ancí, ci fuere muy pobre, que no le pida blanca en todo el mundo y en
este rreyno, que ací se seruirá a Dios y a su Magestad y bien y buena obra de
caridad y misericordia y cristiandad en el mundo y en este rreyno.
/ chakra / illapa / tupu / hat'aqu / llikch'a / sapsi / tanpu /