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JVSTICIA IN[DI]OS
la leña, yerua, sal, olla, ychuci [paja] y todo lo demás de otras cosas menudencias que no se pone; todo monta plata.
Lo propio de los dichos comenderos, otro tanto de todo como a los demás,
en qué día y mes y año, para la dicha rrecidencia de los jueses y para la becita
de los dichos padres de las dotrinas, de la becita de la santa madre yglecia,
acimismo de los jueses seglares o egleciásticos y de sus oficiales, para que ci
se quexaren un pobre yndio o yndia le dé luego, so pena de ducientos asotes
sobre un carnero y trasquilado y priuado del dicho oficio.
Y de todo lo haga firmar al dicho cacique principal, administrador, protetor y a los alcaldes para que dé más fe. Y ci no diere testimonio por dos ueses,
le sea desterrado a las minas de su Magestad.
Y tenga otro libro de las chacaras [sementera], de hatun chacara [grande],
uchuy chacara [pequeña], lucri chacara [?], de los yndios, yndias comunes y
del cacique prencipal y de la comunidad y sapci y de los yndios. Aunque sea
güérfano, lo aciente los citios quántos andenes o cutmo o medio topo, un topo [medidas agrarias] que declare ci fueron desde sus antepasados agüelos o de
su padre o ci le hizo merced su Magestad. Acimismo de las dichas moyas y
corrales y montes desde los Yngas y declare de qué Ynga los mojones, corrales, pastos, salca cancha [campo de altura], quichiua cancha [campo de quebrada] de ganado o de ouejas de Castilla, cabras, puercas, yeguas, bacas de
Castilla y de la tierra y de montes frutales, alizales de haziendas como de comer, como de madera. Y ci la conquistó ualdía rrealenga, quántos años y ci
se acabó los lexítimos propetarios, de todo lo aciente: lamran [árbol], quesuar [árbol de altura]
a,
tara [arbusto], molle [árbol] y otros árboles y de coger
pescados, camarones chiche, onquena [una yerba acuática]
b, llachoc [planta
acuática], llullocha [berro], morcoto [una yerba acuática], cancaua [yerba acuática], y de coger luycho [venado de monte], uanaco [guanaco], uicona [vicuña], taruga [venado de altura], quui [conejo de Indias], biscacha, pichiucuna [pajarillos], lagunas, posos, asecyas de agua para rregar las dichas sementeras, declarando un asecya quántas chacaras sustenta, hasta dónde señoría, quién fue el primer y el segundo y de otras cosas muy claro y de cada
yndio para que dexen en su testamento o ci quiciere agenallo o para podello
dar dote, merced a quien quiciere libremente o uendello entre ellos.
Se declara que no se meta español ni mestiso ni cholo ni negro ni mulato
ni zanbahigo, cino entre ellos por la ley de derecho lexítimo agtual, primizu,
corporal que Dios plantó a los yndios en este rreyno.
Acimismo tenga otro libro de las minas y
/ ichhu / hatun chakra / huch'uy chakra / sapsi / kutmu / tupu / salqa kancha / qhiswa
kancha / lamran / qhiswar / tara / mulli / ch'ichi / unqina / llach'uq / llullucha /
murqutu / qhankawa / lluychu / wanaku / wik'uña / taruka / quwi / pichiwkuna /
lukri chakra /
a
polylepis | b “ouas del agua muy delgados como hilos”, GH, p. 265.