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IN[DI]OS
Que la obligación que an de tener los cristianos en esta uida de rreseruarse
de el ynfierno y del linbo a los niños y más a los yndios:
An de tener obligación de sauer acristianarse en este rreyno, bautisallo en
parte y lugares adonde no ayga saserdote o algún español que sea cin ynterés
para bautisalle a los niños y echalle agua porque no se uayan al ynfierno,
linbo. Y a de perseuerar de que no le puede echalle agua de Dios su padre,
cino fuere otro yndio. Es muy justo y nesesario, forsoso en este rreyno que
lo aprienda en la dotrina en la yglecia para que todos aprienda.
Y diga ací desta manera, echando la agua en la cauesa del niño o niña.
Yrá hablando la palabra de Dios desta manera: “Noca sutiayqui, Juan”, ci
fuere hombre. Y se fuere muger, a de ser Juana o qualquier nombre que quiciere se le diga: “Noca sutiayqui, Juan. Dios yayap, Dios churip, Dios Espíritu
Santup sutinpi. Amén. Jesús.” A de comensar: “Yo te bautiso, Juan, en el
nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Sancto. Amén. Jesús.” A de acauallo ací. Entonses queda cristiano y bautisado. Este sancto bautismo es muy
conbiniente a todos fieles cristianos en este rreyno y en el mundo. Y que se le
enseñen a los yndios y a los muchachos de la dotrina en la yglecia, para que
apriendan todos y lo sepan los yndios en este rreyno.
Que el sacramento de la comunión no se le puede dar a nengún yndio ni a
ninguna yndia ci no fuere muy útil, escogido, que de su uilla boluntad lo
pida muy cristianamente o questé en la ora de la muerte arrepentido de sus
pecados o a de ser prouado que en su uida sea borracho ni que aya prouado
chicha, uino, coca en la boca porque con la chicha y uino y coca, estando
borracho, ydulatra y peca mortalmente y se matan entre ellos.
Y susede después de auer comulgado están borrachos y no supo lo que se
hizo. Y demás de esto, no se acuerda lo que a de confesarse; que ci se acordase y se arrepientiese, sería cristiano.
Porque e uisto a
/ Ñuqa sutiyayki, Juan. Dios yayap, Dios churip, Dios Espíritu Santop, sutinpi. /