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IN[DI]OS
muchos saserdotes de color de hazer hazienda o que le ofresca o que le trayga
rregalos o para estar amansebados y hazer pecados públicos con las donzellas
y para tener mano para ello y tenello sugeto, para que no se le uaya de la
mano y tenella muy sugeto como mañoso padre dotrinante, le llama por tinta
y papel y memoria a los yndios y a las yndias, muchachos y más a las solteras. No le dexa un momento y cada día le pone el euangelio a las hermosas.
Acauado de pecar con ellas por la mañana, le sube al altar a rrecibir el
sacramento de Dios y a su euangelio. Y a otros manda que ande de noche estaciones. Y a otros por fuersa le mete en la cofradía porque tiene más prouecho
de ofrenda y de misas y de comidas. De fuerza le haze gastar al pobre y a
otros le haze comulgar por fuerza, no ciendo capás. Aún digo más: Que algunos españoles rreciben el sacramento de fuerza, no de todo corasón.
Diré aserca desto que el quien rreciue el Señor a de mudar la ánima, que
no a de pecar con muger, no a de deuer, no a de rrobar y lo deuido a de bolber
y rrestituyr. Y a de ser umilde, a de tener caridad, a de tener amor con los
próximos, obedeser a Dios y a su justicia y a su padre y madre y a los demás
biejos y al papa y a la santa madre yglecia y al rrey y procurar de hazer muy
mucha limosna. En esta ánima y cuerpo hará casa y morada el Señor Críador;
en el corasón deste pecador arrepentido que sea español, yndio, negro, como
no ciendo borracho.
Y ací el saserdote procure con amor y caridad enseñar la dotrina, el euangelio de Dios cin apremiar a nadie. Porque peca mortalmente ci lo apremia
y juega con el Señor y Criador en lo que toca el Santo Concilio Tredentino.
Está muy santa cosa mandado por el Concilio y no pase más adelante porque
serán castigados en esta uida por los sus señores ynquicidores, y ci no, en la
otra uida, que Dios lo saue todo.
Que es muy justo y conbeniente seruicio de Dios y de su Magestad que
tengan los yndios de los llanos, yungas [zona andina cálida], los que tubieren
uiñas, que tenga en el dicho pueblo o ciudad o uilla, aldea una casa de bodega
y depocitario adonde se rrecoxa todo el uino, mosto. Que no falte de cada
yndio por tinta y papel y se las encierre con cuenta y rrazón.
Y que tenga un administrador y su contador yndio y otro yndio llanero
y se le uenda en plata o de comer o bestido, sacando primero para su tributo. Y no se le dé para ueuer ni enborrachar, y se le pague al administrador.