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CONZEDERACIÓN
hijas, donzellas y no ay rremedio. Y ancí se hazen ya después las dichas yndias
muy grandes putas y no ay castigo. Conzedera esto.
Conzedera del trage y uso, áuito de los yndios, de los españoles, de los antigos y los desta uida y la pulicía y cristiandad que ay ahora y más de los yndios
de pocos años, esta parte y ser cristiano nuebo que lleua uentaja a los cristianos biejos y lo lleuara ci lo dexa y le enseña. Conzedera de ello.
Conzedera, vuestra Magestad, de todos los capítulos contenidos y conzederando a ello muy atentamente, torne a conzederar de los pobres yndios deste
rreyno y de los caciques prencipales como de don Cristóbal de León1.
Le echaron y despocieron y le castigaron, afrentaron porque daua fabor
y ayudaua y defendía a los pobres yndios de la prouincia. Y el padre y corregidor, comendero fueron enemigos mortales; lo que deseauan que le ahorcara
o que le echara a las galeras. Le priciguió los saserdotes de la prouincia y ací
le castigaron y le echaron de la prouincia el uecitador de la santa madre yglecia que entonses fue. Y le bicitó al dicho padre; aunque hacía muy grandes
daños le sentenció por buen saserdote dotrinante y libre. Cin costas de cohecho, le sacó dos mil pesos y sentencia a don Cristóbal de León al hospital
de destierro, lo que quería el dicho padre y corregidor y los demás en la prouincia, año de 1611.
Diré aserca desto para que vuestra Magestad lo sepa y consedere y se
escriue como es uerdad. Son enemigos mortales todos los corregidores y
tinientes y españoles y padres, curas de las dotrinas enteresados y uecitadores
de la santa yglecia y jueses y comenderos porque lo a de defender a los pobres
yndios, ací de sus haziendas y como de sus comidas y de sus personas y más
de sus mugeres y hijas los dichos caciques prencipales deste rreyno.
Questando yo en esta dicha prouincia gouernando y defendiendo de todos
estos dichos ferós animales que no teme a Dios ni a la justicia en el pueblo
de la prouincia llamado la Concipción de Guaylla Pampa Apcara, ciendo corregidor don Antonio Monrroy2, ciendo el padre licinciado Alonso Rota uicario
de la prouincia y Diego Ueltrán de Sarauia, 3 gran papelista,
Compárense las referencias a Cristóbal de León en las páginas 1107, 1119.
Antonio de Monroy fue electo alcalde de Lima el 13 de enero de 1608.
Véase la nota 2, p. 745, respecto a Beltrán de Saravia.