1118 [1128]
[←] ANTE SV M[agestad] [→]
pueblos los echen. Y ancí aumentará los dichos yndios deste rrey[no] y no abrá
tanto negocio ni rrezago de la dicha tasa y falta de yndios de las dichas minas.
Y estos dichos rrecogerse a de ser de en año en año y se haga a la costa de los
dichos mismos yndios ausentes y de españoles ausentes y guagamundos que
no quieren beuir en las ciudades por rrobar y uellaquear entre yndios. Y ací
abrá rremedio y justicia como lo manda su Magestad en su sédula rreal y
prouiciones y decretos. Y ací digo como sea en casos de yndios no ay justicia,
cino como sea de español a de auer justicia. Ues aquí cómo no ay justicia en
este dicho de la muerte de don Juan Apo Alanya. Acimismo no los ay en tododo [sic] el rreyno en los yndios pobres.
Como os diré la uerdad, cómo se acordó el dicho autor de los yndios Yauyos de junto el pueblo de Córdoua: En el camino un español le salteó a dies
yndios, quitándole sus haciendas y comidas. Defendiéndose los yndios, desuaynó su espada y le hirió a tres yndios. Y ací, defendiéndose del dicho español, le mató al dicho español los dichos yndios. Y ancí, cin auiriguación ni
enformación, luego la justicia le ahorcó a los dichos dies yndios Yauyos cin
auiriguación.
Ues aquí cómo tiene justicia los dichos españoles y los dichos yndios no
las tiene en este rreyno ni ay quien buelba por ellos. Pasó el dicho autor
adelante por el rrío grande de Uanbo por la balsa a los pueblos de Chongo,
Chupaca y Cicaya, Urcotonan, Mito Hincos, Uari Pampa. Y allí uido el dicho
autor, allí uido que los yndios falsos ladinos yndios Uancas rrobauan a los
pobres mugeres quanto