530 [544]
[←] Q[VE] PAZAN POR LOS TANBOS [mesón]
pedió limosna en todo el pueblo y entró a casa del curaca y alcalde. Uerdaderamente que digo que una poca de yerua no le dieron ni le dieron para que
comiese nada.
Yo propio fue a buscar a un yndio forastero y era sapatero y ladino. Este
yndio trajo yerua y leña, agua para el pobre hombre. Y de lo mío de mi pobreza que tube, le di de comer.
Y auié a este pobre hombre y le dixe: “Señor, estos mis ermanos no tienen
caridad cino es a palos. Todo esto lo causa el mal saserdote que tiene que no
le enseña la cristiandad, cino todo quyere para cí.” Y dixo el buen hombre:
“Esto tiene la culpa el corregidor porque no tiene a yndios ladinos cristianos
por alcalde. Dios lo rremedie.” Y ancí tanbién merese castigo el yndio que
no teme a Dios en este rreyno.
Que pazan por los tanbos muchos dones y doñas. Que en esto de los agrauios que se haze en el mundo diré aserca de ello lo que conbiene. Todos los
hombres y mugeres y saserdotes es bueno que tengan título de llamarse don
y doña y los dichos padres de llamarse lisenciado o bacheller, maystro, dotor.
Que conpren y se conpongan con su Magestad para llamarse don y doña y
licinciado y sea muy examinado en el colexial de su Magestad de España. Y
cada uno tengan sus títulos, ci es hijo de caballero de su desendencia o linage
propetario lixítimo que le uiene de derecho.
Porque le hurta a los señores y a las señoras prencipales la merced que
Dios y su Magestad le da y lo tiene desde sus antepasados. Lo tenía que sólo
a fin de quitalle sus haziendas y amolestalle a los yndios deste rreyno. Se llama don y doña los españoles y señoras pulperas y judías y de xente uaja; sus
padres an usado de pulpería y mercachifle, jastre y sapatero, otros oficios
mecánicos y muy uajo. Y acimismo los dichos yndios o yndias con el don
hazen grandes daños, acimismo las mugeres de los mestizos y mulatos se llaman doñas, que rrebuelbe el mundo. Acimismo los dichos padres de las dotrinas se llaman lisenciados.
Con este nombre dize que es gran apo y señor y le rroba quanto tiene a
los pobres yndios deste rreyno y le agrauian a los letrados que tiene la merced
de su Magestad.
Y ancí se deue castigar y penar a cada uno de ellos cada ues cien pesos
para la cámara de su Magestad y gastos de justicia; a los yndios, ueynte pesos.
Que qualquiera justicia lo pueda hazello por ser seruicio de Dios y de su Magestad y bien y aumento de los pobres yndios deste rreyno y de todo el mundo.
/ kuraka / tanpu / apu /