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PREGVNTA SV M[agestad] [→]
ci fuere nesesario rreserualle de las minas o de las plasas; tengan obligación
al seruicio de su prencipal y administrador de estos rreynos.
Porque no [e]stén horros1 y tan libres que entienden no más de jugar, enborrachear, ydúlatra ni quieren tener comunidad ni sapci ni de la yglecia y
para ellos, cino que andan hechos uellacos, holgasanes como los yndios de
Pucyo; quicieron salir del tanbo de Hatun Lucana. De camino de media legua
llano pidieron falsa enformación y testimonio para traer merced de vuestra
Magestad con engaño, cin seruir al cacique prencipal, administrador. Y ací
como a su señor le acuda con los seruicios de todo, según ley y hordenansas
que no [e]stén tan libres.
Y ací vuestra Magestad le costa desta Corónica a cada principal de cada
prouincia de que le uiene de derecho que en todas las prouincias y corregimientos desde sus antepasados auía sólo un principal y señor no más. Agora
un mitayo tiene título; el mundo está perdido.
Y ací es muy justo que yo dé testimonio y firmado de mi nombre como
coronesta y príncipe deste rreyno; entonses vuestra Magestad le dé su título.
A las señoras prencipalas deue vuestra Magestad hazelle merced. Ci se casó
con yndio principal, merese tener título.
Y se se casó con yndio bajo mitayo, es mitaya ella. Ci se casó con español,
es señora; se uaya a biuir a la ciudad o uilla. Y se se casó con judío, es judía.
Y se casó con moro, es morisca. Y se casó con mestizo, es mestiza. Y se se
casó con negro o mulato, es negra. Adonde le uendiere a su marido, allá a
de yr. Y an de yr a biuir a las ciudades y uillas, aunque tenga títulos como
señora o negra, es perjudicial de los yndios deste rreyno. Y es muy conbiniente que yo dé testimonio para el seruicio de Dios y de vuestra Magestad, descanso de los yndios pobres de todo este rreyno.
Sacra Católica Real Magestad, es muy cobiniente seruicio de Dios y de vuestra corona rreal que lo primero y principal que multiplique los yndios deste
rreyno y se acaue de rrecoger los yndios, yndias y muchachos ausentes fácilmente, cin costa de vuestra Magestad ni de nadie, cino fuere a las personas
que no ubidiciere su rreal prouición de vuestra Magestad. Sean castigados
/ sapsi / tanpu / mitayu /
Véase la nota, p. 721.