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ESCRIVANO
Escriuano de corregidor de las dichas prouincias destos rreynos y los dichos escriuanos públicos de cabildo y escriuano rreal o nonbrado o rrezeptor:
Que los susodichos escriuanos rreciben grandes cohechos de los caciques
prencipales y de los pobres yndios con color de dalle mandamiento o de otros
pleytos o dalle testimonio para la audiencia o para yr a cobrar los tributos a
sus yndios de cada pueblo y de otras cosas, que gastan más en los testimonios que lo que an cobrado. Y ancí, porque no gaste tanto, los dichos pobres
yndios que den testimonio los dichos alcaldes hordenarios ante su escriuano
de cabildo para yr a rrecoger y traer a sus pueblos los yndios y cobrar el tributo de los yndios ausentes1. Y de la cobransa trayga sertificación de lo que
a cobrado la dicha taza.
Porque los dichos caciques prencipales lo gastan y juegan y se enborrachan
con la dicha plata lo que a cobrado de más de la taza. Porque auiendo cobrado,
dizen después que no lo a cobrado y niega. Y ací se pierde y ancí tienen
rrezago en las dichas prouincias de todo este dicho rreyno.
Los dichos escriuanos dan mal consejo a los dichos corregidores a trueque
de hazer ellos sus haziendas. Y destrúe a los dichos corregidores, al cabo le
deja en blanco con pleytos y le carga toda la culpa. Y después dize que el
corregidor fue necio creer del escriuano, porque lo que quiere el escriuano
que desuelle toda su hazienda y castigue al dicho corregidor y ayga grandes
pleytos para tener que escriuir y ganar con color de ella y rrobar a los pobres.
Y después al cabo antes es enemigo y enciste y nota los capítulo[s] del corregidor y padre y de cacique. Y ellos se uan rreyéndose, ciendo enemigos mortales del corregidor. Dizen que no biene a otra cosa cino a ganar y lleuar plata
deste rreyno.
“Los yndios ausentes”: En los primeros siglos de la colonia las autoridades europeas aceptaron en la práctica el criterio andino, según el cual no contribuía ni tributaba el que estaba ausente de su grupo étnico o de parentesco. Muchos lograron escaparse de la mit'a en Potosí, por ejemplo, ausentándose de su tierra y trabajando en las haciendas europeas en los yunga (Saignes, 1978 [Bib]). A fines del siglo XVII, el virrey, el duque de La Palata, trató de cambiar esta orden, obligando a tributar tanto a los “originarios” como a forasteros; véase Sánchez-Albornoz, 1978 [Bib]: pp. 69-153.