GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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Why Indians abandon their villages (882-887)

870 [884]

IN[DI]OS

Que los dichos yndios en este rreyno se ausentan de la manera ciguiente:

El primero es que la muger del dicho yndio le alcagüetea con otra muger yndia biuda o con soltera o con otra casada y le enbía fuera de su pueblo; con la dicha muger se sale y se ausentan. Este dicho lo haze porque ella está amansebado con otro yndio del dicho pueblo y pare del dicho yndio. Y ací le abía y le encamina y le da su comida, cocaui, para su camino.

El segundo: Que se ausenta los yndios porque el yndio ua a buscar su tributo o quando se uan a seruir a las dichas minas o a la plasa; estando allá ellos, se hazen uellacas, putas quando rronda el tiniente de corregidor o el mismo corregidor o el padre o fiscales, sacristanes, cantores, alcaldel, alguaciles, cofrades. Le fuerzan en ausencia de sus maridos y a las dichas solteras y biudas o quando [e]stán borrachas lo uan a buscar ellas y buscan ellas los tanbos rreales a los españoles, mestisos, mulatos, negros, yanaconas y a los mismos corregidores, padres, comendero, y a sus ermanos lo buscan.

El tersero: Que los yndios se ausentan y lo esconden a sus maridos y quando buelbe las mismas mugeres les mete a medianoche y le tray plata, coca, agí, sal y otras cosas. Y esa noche le enborracha y lo esconde de día y le tray la tasa enterada. Y después luego le abía otra ues y no lo saue nadie; ella lo esconde de sus caciques y alcaldes. Lo propio hazen sus madres y ermanas y sus padres, ermanos. Y se parten a medianoche y todo lo que trajo lo gasta a sus galanes las dichas sus mugeres.

Pidiendo la tasa el dicho cacique, dizen que lo busquen a sus yndios y que se lo cobren de ellos. Quando el dicho cacique le apura a la dicha muger, rresponde que prestará. Y lo tray la tasa, deciendo que lo a prestado la dicha plata, abiéndolo traýdo el dicho su marido de noche y dexádolo. Que estas yndias es causa de que españoles de los tanbos y harrieros y pasageros se detenga porque pecan con ellas y se detiene quatro días o dies días en el tanbo, amolestando a los pobres yndios mitayos, pediéndoles camaricos, yndios de seruicio.

Y ancí como los yndios sauen que sus mugeres andan hechas uellacas y putas, a parido de otro yndio o mestiso, de puro güergüensa no se uiene a su pueblo. O por no matallo o por no tener con ella mala uida se ausentan de sus pueblos, como lo e bisto y testigo de elio en los Aymarays, Parinacochas, dotrina de flayres Collas, Condes, Uancas, de Xauxa; hierue de mestisos. Por la causa de las mugeres se ausentan los hombres.

Y ací deue el castigo más a las dichas mugeres. Y por esta causa es dixno de que pague el tributo ellas en ausencia de sus maridos y que no eche derrama entre los biejos pasados ni biudas ni solteras en este rreyno.

Y estos dichos enfermos enpedidos sean rreseruados, conforme la merced y sédula rreal de su Magestad. Sólo que ayude las comunidades y sapci y lo de la yglecia y cofrades y de las ánimas de purgatorio y de la madre de Dios y de los santos y santas, ángeles en todo el mundo y en este rreyno, seruicio de Dios nuestro señor Jesucristo y seruicio de su Magestad y bien de los pobres yndios en este rreyno.

/ quqawi / tanpu / yanakuna / mitayu / kamaríku / sapsi /