GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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Los auxiliares andinos de doctrina, pág. 676

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IGLECIA

Sacristanes:

Que los dichos sacristanes lleuen de salario doze pesos y seys medias de maýs y seys de papas y una piesa de rropa para él y otra piesa para su muger en cada año de cada pueblo. Y se lo pague el dicho padre porque le cirue y le ayuda en la misa y casamiento, bautismo y confición. Le enseña al pinetente yndio, yndia y jamás falta de la misa de que los padres ganan del pie del altar. Y ancí merese que se le dé su salario el dicho padre cin falta en este rreyno.

Los dichos yndios en todo el rreyno huzen las leys y serimonias de nuestra cristiandad, ací del seruicio de Dios y en el huelgo y en el luto y llorar y entierro y fiestas y en todo lo demás serbicio de Dios y de su Magestad y de la santa madre yglecia se guarde en este rreyno.

En este rreyno cyn faltar a de auer en cada pueblo dos cofrades por fuerza la abocación de la yglecia y de la Madre de Dios, Santa María. Y con ello no entrarán a la ydúlatra ni mocha[reverenciará] las uacas y demonios; antes serbirán a Dios Nuestro Señor. Al dicho pendonero del cofrade no le lleuen cosa alguna ni le haga gastar porque le desuella todo su hazienda y gasta más de cien pesos un yndio y salen endeudado. Por esta rrazón no le lleuen nada al pendonero y de la misa le den tres patagones, conforme el Concilio questá hordenado en este rreyno.

Que los sac[r]istanes sean yndio cojo, enfermo, corcobado, enano o de un pie menos o biejo pasado o que no aya entrado a tributar de edad de dies años salga de quinze años. Acimismo los dichos fiscales y cantores y mayordomos de la yglecia o de cofrade o del hospital. Y sea yndio pobre tributario pasado, acimismo mayordomo de la comunidad y sapci de cada pueblo por los caciques lo consume y lo gasta todo en su borrachera y come coca con ello en este rreyno.

/ much'ay / waqa / sapsi / kuka /